NACIONALIDAD Y NATURALIZACIÓN

CONSTANCIA FEDERAL


¿Cómo obtener la constancia de Antecedentes no Penales Federal para el trámite de Naturalización?
    Respuesta: Le atenderá la Dirección de Normatividad y Control de la SPF, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de  Seguridad Pública Federal que se encuentra ubicada en la Calle de Xola Nº 324 1er piso, Colonia del Valle, Delegación Benito Juárez, C P 03100, México, D F, Teléfono 56 82 94 94, extensión 606 y/o 607, de lunes a viernes. Entre División del Norte y Coyoacan.

CONSTANCIA LOCAL

¿Donde puede tramitar la constancia de Antecedentes no Penales local en el Distrito Federal?
    Dirección: Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, en Avenida Reforma No. 50, Col. San Lorenzo Tezonco, C.P. 09780, Del. Iztapalapa, México, Distrito Federal. Una vez que realice el tramite deberá recoger el documento en la siguiente dirección: Av. Coyoacan No. 1635, Edif. B, Planta Alta, Col. Del Valle, Deleg. Benito Juárez, México, Distrito Federal, C.P. 03100. Tel. 52009050 y 52009024  (fax).

    Para tramitar la Constancia de Antecedentes No Penales Local en otro Estado, deberá acudir a la Procuraduría General de Justicia más cercana.

    Carta de naturalización por residencia

    Dirección General de Asuntos Jurídicos

    Este documento se expide a los extranjeros que acrediten una residencia en territorio nacional con la calidad migratoria de inmigrante o inmigrado (FM2 tipo libreta ó fotocredencial), cuando menos durante los últimos cinco años inmediatos anteriores a la fecha de su solicitud. R E Q U I S I T O S
    • 1. Ser mayor de edad y en uso de sus derechos civiles;
    • 2. Presentar original y copia de la solicitud DNN-3, la cual deberá llenarse a máquina o a mano con tinta negra y letra de molde legible;
    • 3. Exhibir original y dos fotocopias de todas las páginas del documento migratorio vigente con la calidad de inmigrante o inmigrado, expedido por la Secretaría de Gobernación, con el que el interesado acredite su legal estancia (Art. 14 RLN), en consecuencia, la residencia en el país durante cinco años inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud, el cual deberá tener una vigencia mínima de seis meses, posteriores a la presentación de la solicitud, del que se desprenda la Clave Única de Registro de Población (CURP);
    • 4. Entregar copia certificada y dos fotocopias del acta de nacimiento extranjera, expedida por la oficina del Registro Civil correspondiente, debidamente legalizada por el representante diplomático o consular mexicano del lugar de su expedición o, en su caso apostillada por la autoridad competente, así como traducida al español por perito traductor autorizado por el Poder Judicial de cualquier entidad federativa del territorio nacional. Se podrá exceptuar de este requisito al solicitante que haya sido reconocido como refugiado, por la Secretaría de Gobernación (COMAR);
    • 5. Presentar original y dos fotocopias de todas las páginas del pasaporte extranjero o, en su caso, del documento de identidad y viaje, vigentes;
    • 6. Presentar una carta, bajo protesta de decir verdad, en el que se señale con claridad el número de salidas y entradas que ha realizado del y hacia el país en el término de dos años anteriores a la presentación de la solicitud, para el cómputo de ausencias, a que se refiere el artículo 21 de la Ley de Nacionalidad, (acompañar dos fotocopias);
    • 7. Entregar constancia o certificado de no antecedentes penales expedido por autoridad competente a nivel federal y local dependiendo del lugar de su residencia, en original y fotocopia;
    • 8. Acreditar que sabe hablar español, que conoce la historia del país y que está integrado a la cultura nacional.
    • 9. Entregar dos fotografías iguales,. recientes a color, tamaño pasaporte (4.5 x 3.5 cms.), con fondo blanco, de frente, sin anteojos, cabeza descubierta;
    • 10. Presentar el comprobante del pago de derechos correspondiente, en original.
    Ver costos y tiempos. Procedimiento de Pago de Derechos medios electrónicos para Nacionalidad y Naturalización NOTA: Para acreditar lo señalado en la fracción III del artículo 19 de la ley de nacionalidad, a los interesados en obtener la nacionalidad mexicana por naturalización se les aplicará un cuestionario sobre cultura e historia general de México, para tal efecto se recomienda como bibliografía el libro de “Nueva Historia Mínima de México” (versión condensada), publicado por El Colegio de México, o bien, la Guía de estudio que puede ser descargado en el siguiente link: Guía de Estudio, y estará vigente a partir del 1° de julio de 2009.

    Carta de naturalización por tener hijos mexicanos por nacimiento

    Dirección General de Asuntos Jurídicos

    Este documento se expide a los extranjeros que acrediten tener hijos mexicanos por nacimiento y comprueben una residencia con la calidad migratoria de inmigrante o inmigrado (FM2 tipo libreta ó fotocredencial), de dos años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud. R E Q U I S I T O S
    • 1. Ser mayor de edad y en uso de sus derechos civiles;
    • 2. Presentar original y copia de la solicitud DNN-3, la cual deberá llenarse a máquina o a mano con tinta negra y letra de molde legible;
    • 3. Exhibir original y dos fotocopias de todas las páginas del documento migratorio vigente con la calidad de inmigrante o inmigrado, expedido por la Secretaría de Gobernación, con el que el interesado acredite su legal estancia (Art. 14 RLN), en consecuencia, la residencia en el país durante dos años inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud, el cual deberá tener una vigencia mínima de seis meses, posteriores a la presentación de la solicitud, del que se desprenda la Clave Única de Registro de Población (CURP);
    • 4. Entregar copia certificada y dos fotocopias del acta de nacimiento extranjera, expedida por la oficina del Registro Civil correspondiente, debidamente legalizada por el representante diplomático o consular mexicano del lugar de su expedición o, en su caso apostillada por la autoridad competente, así como traducida al español por perito traductor autorizado por el Poder Judicial de cualquier entidad federativa del territorio nacional. Se podrá exceptuar de este requisito al solicitante que haya sido reconocido como refugiado, por la Secretaría de Gobernación (COMAR);
    • 5. Presentar original y dos fotocopias del pasaporte extranjero o, en su caso, del documento de identidad y viaje, vigentes;
    • 6. Copia certificada y dos fotocopias del acta de nacimiento expedida por la Oficina del Registro Civil Mexicano u Oficina Consular Mexicana de los hijos mexicanos por nacimiento, expedida conforme a lo establecido en las disposiciones aplicables.
    • 7. Presentar una carta, bajo protesta de decir verdad, señalando con claridad el número de salidas y entradas que ha realizado del y hacia el país en los dos años anteriores a la presentación de la solicitud, para el cómputo de ausencias, a que se refiere el artículo 21 de la Ley, acompañar dos fotocopias;
    • 8. Entregar constancia o certificado de no antecedentes penales expedido por autoridad competente a nivel federal y local dependiendo del lugar de su residencia, en original y fotocopia;
    • 9. Acreditar que sabe hablar español, que conoce la historia del país y que está integrado a la cultura nacional.
    • 10. Entregar dos fotografías iguales recientes a color, tamaño pasaporte (4.5 x 3.5 cms.), con fondo blanco, de frente, sin anteojos, cabeza descubierta;
    • 11. Presentar el comprobante del pago de derechos correspondiente, en original.
    •  

Carta de naturalización por ser originario de un país latinoamericano o de la península ibérica

Dirección General de Asuntos Jurídicos 

Este documento se expide a los extranjeros que acrediten ser originarios de un país latinoamericano o de la península ibérica y comprueben una residencia con la calidad migratoria de inmigrante o inmigrado (FM2 tipo libreta ó fotocredencial), de dos años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
R E Q U I S I T O S
  • 1. Ser mayor de edad y en uso de sus derechos civiles;
  • 2. Presentar original y copia de la solicitud DNN-3, la cual deberá llenarse a máquina o a mano con tinta negra y letra de molde legible;
  • 3. Exhibir original y dos fotocopias de todas las páginas del documento migratorio vigente con la calidad de inmigrante o inmigrado, expedido por la Secretaría de Gobernación, con el que el interesado acredite su legal estancia (Art. 14 RLN), en consecuencia, la residencia en el país durante dos años inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud, el cual deberá tener una vigencia mínima de seis meses, posteriores a la presentación de la solicitud, del que se desprenda la Clave Única de Registro de Población (CURP);
  • 4. Entregar copia certificada y dos fotocopias del acta de nacimiento extranjera, expedida por la oficina del Registro Civil correspondiente, debidamente legalizada por el representante diplomático o consular mexicano del lugar de su expedición o, en su caso apostillada por la autoridad competente, así como traducida al español por perito traductor autorizado por el Poder Judicial de cualquier entidad federativa del territorio nacional. Se podrá exceptuar de este requisito al solicitante que haya sido reconocido como refugiado, por la Secretaría de Gobernación (COMAR);
  • 5. Presentar original y dos copias del pasaporte extranjero o, en su caso, del documento de identidad y viaje, vigentes;
  • 6. Presentar una carta, bajo protesta de decir verdad, señalando con claridad el número de salidas y entradas que ha realizado del y hacia el país en los dos años anteriores a la presentación de la solicitud, para el cómputo de ausencias, a que se refiere el artículo 21 de la Ley, acompañar dos fotocopias;
  • 7. Entregar constancia o certificado de no antecedentes penales expedido por autoridad competente a nivel federal y local dependiendo del lugar de su residencia, en original y fotocopia;
  • 8. Acreditar que sabe hablar español, que conoce la historia del país y que está integrado a la cultura nacional.
  • 9. Entregar dos fotografías iguales recientes a color, tamaño pasaporte (4.5 x 3.5 cms.), con fondo blanco, de frente, sin anteojos, cabeza descubierta;
  • 10. Presentar el comprobante del pago de derechos correspondiente, en original.